Algunos aspectos nos marcan o nos preocupan más que otros a nivel laboral, por ello en GMU Abogados y Asociados hemos logrado identificar que la mayoría de trabajadores en Colombia alguna vez nos hemos preguntado ¿cómo se liquidan nuestras vacaciones?, para este propósito debemos entender que según la real academia española el concepto vacaciones corresponde:
“Descanso temporal de una actividad habitual, principalmente del trabajo remunerado o de los estudios.”
Siendo, así las cosas, tenemos claro que las vacaciones son un descanso, pero cuando las mismas se encuentran presentes también son un derecho de todos los trabajadores, tal como lo establece para Colombia el Código Sustantivo del Trabajo, así:
«Artículo 186. DURACIÓN
Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas.”
Dicho lo anterior, tenemos varios conceptos primero, que hablamos de vacaciones solo cuando estamos en presencia de una relación laboral, segundo, el derecho a disfrutar las vacaciones se causa cuando sea cumplido un año de servicio y tercero, los 15 días correspondientes a las vacaciones, se deben computar sobre días hábiles, y por ende el disfrute de este derecho unido a el descanso semanal y festivo constituye un disfrute más amplio en días.
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Liquidaciónde vacaciones 2022
Con el contexto anterior y por efectos metodológicos vamos a explicar con un ejemplo como se deben liquidar las vacaciones, así:
A modo de conclusión, podemos indicar que el derecho de vacaciones es una institución jurídica que cuenta con su propia normatividad en especial lo consagrado en el artículo 186 a 190 del Código Sustantivo del Trabajo, que el disfrute de las vacaciones está estimado en 15 días hábiles y que el hecho de que el trabajador este disfrutando sus vacaciones implicar que va recibir igualmente su salario dependiendo si es fijo o variable.
Si estas interesado en profundizar sobre la forma en que se liquidan las vacaciones, es decir tienes dudas sobre el valor que estas calculando, te están pagando o tienes inconvenientes con la causación, disfrute o reconocimiento de este derecho por favor no dudes en contactarnos GMU Abogados y Asociados.